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¿CÓMO COTIZAR LOS ÚLTIMOS AÑOS PARA LA JUBILACIÓN SI NO TIENES TRABAJO?

Cuando calculamos el importe de jubilación de una persona, uno de los aspectos más importantes a tener en cuenta son los últimos años de cotización. Por esta razón los trabajadores que pierden su empleo en los años previos a la jubilación pueden tener algún problema para llegar a la cuantía necesaria y que tenían prevista.

En estas situaciones se puede recurrir a diversos convenios con la Seguridad Social. Los trabajadores que los suscriben, pagan una cuota mensual a la seguridad social de forma voluntaria con el fin de generar, mantener o ampliar determinadas situaciones. Esto quiere decir que el trabajador podrá ir aumentando sus meses o años de cotización para evitar con ello la pérdida de la base reguladora.

El método utilizado por la Seguridad Social para calcular las pensiones de jubilación, se basa en sumar las bases cotizadoras de los 300 meses (25 años) previos a la solicitud de jubilación. Por ello es tan importante las cotizaciones de la base final de la carrera laboral, por lo que un convenio con la Seguridad Social en estas situaciones puede ser realmente útil.

¿CUÁNDO PUEDO FIRMAR EL CONVENIO CON LA SEGURIDAD SOCIAL?

El propio organismo pone un requisito para aquellas personas que quieran suscribirse al convenio y es acreditar al menos una cotización de 1.080 días en los últimos 12 años, además detalla en que supuestos se puede suscribir uno a estos convenios:

  • Cuando un trabajador se da de baja en la Seg. Social y no está incluido en ninguno.
  • Cuando un trabajador tiene 65 años o mas y cuenta con 35 años de cotización y está dado de alta en su régimen-
  • Cuando un trabajador en situación de pluriempleo cesa de una de sus actividades.
  • Cuando un trabajador cesa de su actividad y posteriormente es contratado con una base cotizadora inferior.
  • Cuando un trabajador deja de percibir una prestación o subsidio por desempleo.
  • Cuando un pensionista de jubilación o incapacidad permanente se e anula la pensión en virtud de una sentencia judicial.
  • Cuando a una persona se le niega una pensión de jubilación.

¿CUÁL ES LA CUOTA A PAGAR PARA ESTE TIPO DE CONVENIO?

Si se cumplen los requisitos mencionados anteriormente, podrás suscribirte a un convenio especial con la Seguridad Social, es el momento de calcularlo:

  • La base máxima de cotización por contingencias comunes
  • La base mínima de cotización del Régimen General de Trabajadores Autónomos.
  • La base restante de dividir entre 12 las bases de cotización comunes a los 12 últimos meses de cotización.
  • Cualquier base de cotización comprendida entre las tres anteriores opciones.

Una vez elegida la base, la Seg. Social nos indica que se aplicará el tipo único de cotización vigente, el 28,3% de contingencias comunes, a esa cantidad posteriormente hay que sumarle un coeficiente en función de la firma del convenio:

  • Convenios a partir del 1 de enero de 1998, el coeficiente 0,94
  • Convenios anteriores al 1 de enero de 1998, el coeficiente 0,77

Si está en esta situación y tiene cualquier duda o consulta acerca del tema no duden en ponerse en contacto con nosotros al teléfono 96 113 51 85 o a través del apartado contacto, estaremos encantados de resolver sus dudas.

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